El proyecto de la parlamentaria fujimorista plantea la modificación del Artículo 2, agregando una “excepción” a la Consulta para los casos en que proyectos de inversión cuenten con algún contrato o convenio legal previo con las comunidades, buscando favorecer a las empresas extractivas y trasnacionales. Como sabemos, la ley de Consulta Previa es un proceso de diálogo entre el Estado peruano y los pueblos indígenas para buscar acuerdos con relación a medidas administrativas o legislativas que nos pudieran afectar directamente. Este proceso tiene una reglamentación y un procedimiento específico, el cual ha sido trabajado durante mucho tiempo por las organizaciones indígenas representativas y el Estado con el objetivo de garantizar que se respeten nuestros derechos como pueblos indígenas u originarios. Aunque aún falta mucho por hacer para que esta ley se condiga completamente con los tratados internacionales a los que responde, tal modificación significaría un retroceso en el reconocimiento de nuestros derechos.
En ese sentido, la iniciativa de ley que plantea el fujimorismo otorgaría más validez a contratos que se hicieron entre particulares; es decir, entre empresas o el Estado y directivas de las comunidades. Esto es algo que va en contra del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. La consulta previa es una obligación y una responsabilidad del Estado con la finalidad de reconocer y respetar los derechos de los pueblos indígenas. Además es un mecanismo de participación efectiva, de diálogo intercultural, de fortalecimiento de la democracia y sirve como instrumento de gestión pública.
La modificación de la Ley de Consulta Previa sería particularmente nefasto para nosotras, las mujeres indígenas, porque generalmente las directivas de las comunidades están conformadas por varones y se dejan de lado los intereses de las mujeres, los jóvenes y los niños. Somos las mujeres a quienes más nos afectan las concesiones extractivas porque alteran nuestra actividad económica, basada en mayormente en la agricultura, ganadería y textiles, y somos las mujeres quienes nos encargamos de la tierra y la alimentación de nuestras familias. Dichos proyectos no sólo destruyen nuestra tierra, territorios, recursos y lugares sagrados, sino que, en algunos casos, también nos imponen trabajos degradantes o sistemas de esclavitud como la prostitución y la trata de mujeres y niñas. Además, los efectos contaminantes de las actividades extractivas sobre el ambiente, generan nuevas enfermedades a las cuales somos las mujeres y los niños las personas más vulnerables.
Las mujeres de la Onamiap hemos trabajado y seguimos luchando para que el derecho a la consulta sea respetado siempre, y hemos logrado que procedan demandas de inconstitucionalidad frente a decretos supremos que claramente violaban nuestros derechos e incumplían con tratados internacionales, como es el caso del Decreto Supremo 001-2015-EM. Estamos constantemente trabajando desde jornadas informativas y de intercambio sobre consulta previa, como participando directamente de la construcción de propuestas para políticas más inclusivas de las mujeres y los pueblos indígenas.
Por ello, hoy nos pronunciamos y exigimos que esta propuesta de ley sea retirada de manera inmediata, así como demandamos que se implemente también la Consulta Previa Legislativa para los Pueblos Indígenas para evitar futuros intentos de atropello de nuestros derechos.
La Consulta Previa es un derecho que nos costó arduo trabajo ver reconocido. Por eso, las mujeres indígenas de la Onamiap continuaremos trabajando para que estos procesos se lleven a cabo y se garantice nuestro bienestar como pueblos y mujeres indígenas.
Las mujeres indígenas NO permitiremos ningún intento de vulneración o recorte de nuestros derechos.
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